12 de diciembre de 2024

Los cambios introducidos a la ley de Adultos Mayores, pendiente de estudio en Diputados

Por DM Jul26,2024

La Cámara de Senadores dio media sanción al proyecto de ley que incorpora cambios al Programa de Pensión Alimentaria para Adultos Mayores. El tratamiento irá a la Cámara de Diputados, donde, de realizar otras modificaciones, lo devolverán a la Cámara Alta.

En la sesión de esta semana, la Cámara de Senadores resolvió aprobar el proyecto que plantea cambios a la ley que rige el programa de Adultos Mayores, que establece un pago mensual del 25 % del salario mínimo para los beneficiados. Los puntos aprobados incluyen:

Los paraguayos que cumplan sesenta y cinco años de edad, serán incorporados de manera automática como potenciales beneficiarios de la Pensión Alimentaria para Personas Adultas Mayores.

Ya no se realizarán censos. El nuevo criterio será seleccionar a los potenciales beneficiarios de acuerdo a la edad, tomando como base de mayor edad para abajo.

“Esta ley establece un mecanismo de incorporación gradual considerando variables que permiten priorizar aquellas personas de mayor edad y que provenga de índices de mayor vulnerabilidad”, explicó el viceministro de Administración Financiera, Óscar Lovera.

Un ejemplo citado por los impulsores es este: se buscará a los beneficiarias en la población comprendida entre 100 y 90 años, luego entre 90 y 80, y así sucesivamente, hasta completar el número de vacancias disponibles, según el presupuesto asignado.

Para la inclusión efectiva al Programa, el Ministerio de Desarrollo Social verificará el cumplimiento de los requisitos previstos en la Ley y en su reglamento.

Las personas que cumplan los requisitos serán incorporadas de manera gradual, de acuerdo a la disponibilidad presupuestaria.

La edad mínima establecida para personas con discapacidad severa es de 60 años y miembros de comunidades indigenas, 55 años.

No podrán acogerse a la pensión: las personas que tengan sueldo, público o privado, jubilación, pensión y sean asegurados cotizantes del seguro social o los que paguen Impuesto a la Renta Personal (IRP), Impuesto a los Dividendos y las Utilidades (IDU) y aquellos que posean más de treinta cabezas de ganado.

Los adultos mayores que tengan seguro del IPS como adherentes, sí podrán ser beneficiarios.

La intención del Poder Ejecutivo es incluir 30.000 beneficiarios por año hasta llegar a todos los adultos mayores que cumplan con los requisitos.

Fuente: HOY DIGITAL

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